Las mujeres migrantes y sus organizaciones en España, organizaciones de sociedad civil, de mujeres, feministas y defensoras de derechos humanos, queremos compartir nuestra preocupación porque la futura Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica incluya la protección de las mujeres migrantes que enfrentan violencia en sus diferentes formas, manifestaciones o ámbitos, independientemente de su situación migratoria, garantizando su derecho a una vida libre de violencia y discriminación en todos los países de la Unión Europea (UE), desde un enfoque de género, derechos humanos e interseccional.

Interpelamos la futura Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, que nace violentando a las mujeres migrantes al no ser reconocidas como sujetas de derecho en la misma Directiva, limitando su acceso a la justicia y protección, desconociendo la existencia de una sociedad diversa y pluricultural en el ámbito europeo (1). El no reconocimiento de los derechos de las mujeres migrantes retrata “un pensamiento colonial” que se percibe en sus leyes, prácticas e imaginarios; en un marco de violencia estructural en la UE que criminaliza la migración, limitando la libertad y derecho a la movilidad de las mujeres migrantes.

Las mujeres migrantes aún enfrentan en los países de la UE obstáculos condicionados por su situación migratoria, persecución y criminalización por ser “irregulares”, colocándolas en una situación de mayor desprotección; además, la intersección entre el machismo y el racismo les impide acceder en condiciones de igualdad a trabajo, vivienda, salud, justicia, servicios, educación, entre otros. Muchas de ellas trabajan en sectores feminizados, como el empleo del hogar y los cuidados aportando de manera significativa a la economía y al desarrollo de todas las sociedades en las que viven. 

En el marco del desarrollo de la futura Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, tan necesaria y esperada por las organizaciones -resulta impensable que la UE no cuente aún con un instrumento vinculante enfocado en combatir la violencia contra las mujeres-, consideramos que siguiendo la legislación de la UE que prohíbe la discriminación y,  debido a que la UE se basa en el compromiso por la promoción y protección de los derechos humanos, las mujeres migrantes deben de ser incluidas de manera central y como titulares de derechos en la futura Directiva independientemente de su situación administrativa. El derecho de todas las mujeres, incluidas las migrantes, a una vida libre de violencia debe ser respetado, protegido y garantizado, sin condicionar el acceso a los servicios de protección, atención, justicia y reparación a su estatus migratorio (2),  lo cual tiene un estrecho vínculo con su derecho a la igualdad y no discriminación, incluidas las formas múltiples e interseccionales de discriminación que enfrentan. 

Por este motivo, quisiéramos llamar la atención sobre el lenguaje de la propuesta de la Directiva la cual utiliza el término “mujeres migrantes indocumentadas”. En este sentido, consideramos que este no es un lenguaje apropiado y acorde a los derechos humanos, y que más bien, se debe hacer hincapié en la situación administrativa o migratoria de las mujeres, más que señalarlas a ellas como “indocumentadas”. Esto es peligroso, ya que se le adjudica un estatus legal de desprotección y falta de acceso a la justicia.

Las mujeres migrantes y racializadas y las mujeres migrantes en situación administrativa irregular enfrentan riesgos, impactos y tienen necesidades específicas frente a las diferentes formas de violencia de género que experimentan y que no están recogidas en la propuesta de Directiva, incumpliendo lo estipulado por el Convenio de Estambul, al no reconocerse formas de violencia sexual como son la violación basada en el consentimiento,  acoso sexual laboral, esterilización forzada, matrimonio forzado, la mutilación genital femenina o la trata con fines de explotación sexual debido a la intersección entre los sistemas de opresión como el machismo y el racismo (entre otros). En este sentido, no es suficiente con que se incluyan a las mujeres migrantes en situación administrativa irregular en el “apoyo específico para las víctimas con necesidades específicas y los grupos en riesgo”, sino que es trascendental que la futura Directiva aplique junto con una perspectiva de género, un enfoque interseccional de manera transversal.

Los derechos humanos de todas las mujeres deben estar en el centro para la protección de las víctimas y el acceso a la justicia, por ello instamos a la UE: 

* Garantizar servicios especializados de atención a las víctimas de VG, para que las mujeres, incluidas las mujeres migrantes, tengan acceso a la información, representación legal independiente y de calidad, refugios y acceso a recursos económicos.

Garantizar que las mujeres migrantes en situación irregular no se enfrenten a un trato discriminatorio en los tribunales de familia y procesos de custodia; recibiendo apoyo durante estos procesos con información, servicios de interpretación y asesoramiento legal oportuno.

Garantizar una protección efectiva frente a la violencia contra las mujeres salvaguardando los datos personales relativos al estatuto de residencia de la víctima (en casos de situación irregular) cuando denuncia VG.

Garantizar que ninguna persona sea criminalizada por ayudar a otras mujeres migrantes victimas de violencia machista o refugiadas, entre otros por la provisión de bienes o servicios sin obtener ganancias indebidas

Garantizar que los derechos a la privacidad y a la protección de datos personales – baluartes de la democracia y salvaguarda de muchos otros derechos – estén plenamente garantizados para todas las personas, de conformidad con la legislación de la UE, y que no se vean mermados por el control migratorio.

Garantizar el acceso a la protección y la justicia, la reparación integral para todas las mujeres víctimas de delitos con la adecuada implementación de las garantías de la Directiva de Víctimas, independientemente de su situación migratoria, así como mediante la defensa de la puesta en marcha efectiva de la Estrategia de la UE sobre los Derechos de las Víctimas.

Garantizar la formación continua de las y los profesionales con perspectiva de género y antirracista, frente al racismo estructural y el colonialismo (3).

* Implementar un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación, así como mecanismos para rendición de cuentas anual, por medio de la elaboración de informes que permitan medir el grado de cumplimiento de la Directiva, por parte de todos los Estados miembro, garantizando la participación real y efectiva de las mujeres migrantes.

* Contar con las organizaciones especializadas en violencia contra las mujeres y conformadas por mujeres migrantes, además de apoyo con recursos humanos y técnicos, para implementar las medidas preventivas, coordinación y cooperación entre organismos.

Para todo ello, será necesario que desde la UE se garanticen todos los recursos financieros necesarios para el desarrollo e implementación adecuada de la Directiva en todos los países miembro.

Esperamos que la UE y sus instituciones tengan en cuenta nuestras demandas, y estén a la altura de las mujeres migrantes que todos los días enriquecen a las sociedades en las que viven y quienes son también titulares de derechos: Por una Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica en la que estemos todas. 

(1) De acuerdo con EUROSTAT, de los 446,7 millones de personas que vivían en la UE el 1 de enero de 2022, 23,8 millones (5,3%) eran personas extracomunitarias. Mientras que 1,4 millones de personas que antes residían en un Estado miembro de la UE emigraron a otro, lo que supone un aumento de casi el 17% con respecto a 2020. En cuanto a las mujeres, de acuerdo con las Naciones Unidas, en 2020 las mujeres migrantes representaban 135 millones o el 48,1% de la población mundial de personas migrantes internacionales

(2) Así lo han documentado en España, por ejemplo, AIETI y la Red de Mujeres Latinoamericanas y del Caribe en los informes “Tirar del hilo: Historias de mujeres migradas supervivientes de violencia machistas en el laberinto institucional” (2021) y “Tirar del hilo II. Historias de vida: Debida diligencia y protección de las mujeres migradas frente a la violencia machista” (2022); así como ASPACIA en las investigaciones: “Violadas y discriminadas. Protección, atención y justicia de las mujeres migrantes supervivientes de violencia sexual” (2022) y “Juzgadas y discriminadas: La (no) respuesta judicial en casos de violencia sexual contra las mujeres migrantes en España” (2023).

(3) Plan de Acción de la UE Antirracismo para 2020-2025. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020DC0565

Madrid,  29 de noviembre de 2023.

Organizaciones firmantes 

  1. Asociación de Investigación y Especialización Sobre Temas Iberoamericanos (AIETI).
  2. Red de Mujeres Latinoamericanas y del Caribe.
  3. Fundación para la Convivencia ASPACIA.
  4. Médicos del Mundo España.
  5. Asociación Por Ti Mujer.
  6. Asociación Movilidad Humana.
  7. Asociación de Mujeres Latinoamericanas Amalgama.
  8. Unidos por el Cambio/Madrid.
  9. SEDRA – Federación Planificación Familiar.
  10. Asociación de Mujeres Supervivientes de VG – Sevilla.
  11. Amnistía Internacional.
  12. Andalucía Acoge.
  13. Asociación de Mujeres Inclusivas para lograr la Igualdad Psicosocial- AMILIPS.
  14. Colectiva de Mujeres refugiadas, exiliadas y migradas.
  15. RED AMINVI.
  16. Afromurcia en Movimiento.
  17. ASNUCI.
  18. La Comala SCM.
  19. Asociación SEDOAC.
  20. Colectivo de Prostitutas de Sevilla.
  21. Asociación Intercultural de Profesionales del Hogar y de los Cuidados-AIPHyC.
  22. Almena Cooperativa Feminista.
  23. Federación de Asociaciones de Mujeres Arena y Laurisilva.
  24. Grupo de danza folclórico Colombia Tierra Querida.
  25. Movimiento estatal #RegularizaciónYa.
  26. Executiva Ciutadania Esquerra Republicana de Catalunya.
  27. Acciónenred Andalucía.
  28. ESCODE.
  29. Asociación mujeres por la igualdad Violetas del Teide.
  30. LILITH Lucha Internacional por la Liberacion e Igualdad.
  31. Colectivo Sirirí: Mujeres Migrantes Creando.
  32. Haurralde Fundazioa.
  33. Valencia Acull.
  34. Universidad de Brasilia.
  35. PLAYAFORMA UIPA.
  36. Universidad ( UIB).
  37. Vida Paz y Justicia.
  38. MALEN ETXEA, mujeres inmigrantes.
  39. Confederazione Colombia Viva Italia APS.
  40. Juntanza Fem París.
  41. Migras
  42. La Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo-España.
  43. Asociación cultural social y empresarial Hispanoamericanos en Valencia.
  44. Legado comisión de la verdad Nodo Venezuela.
  45. TEFA Colombia -Cooperación Internacional
  46. Mujeres y derechos sociales.
  47. Organización de Colombianos Refugiados en Chile-OCORCH.
  48. Fundación los Niños del Planeta.
  49. Movimiento Por la Paz -MPDL.
  50. Secretaría Confederal de Mujeres, Igualdad y Condiciones de Trabajo de CCOO.
  51. Asociación de Mujeres LiLuVa.
  52. Mujeres por la paz.
  53. Marea Violeta Sanlúcar.
  54. Feministas Usera.
  55. Mujeres por la Igualdad Bierzo y Laciana.
  56. Asociación Clara de Campo-Ponferrada.
  57. LA colectiva-Fundación canaria de Pensamiento Crítico.
  58. Fórum de Política Feminista.
  59. Colectiva feminista Jarana.
  60. Associació Hèlia, de suport a les dones que pateixen violència de gènere.
  61. Asociación para la convivencia intercultural Amazonas